"La alianza matrimonial, por la que el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole, fue elevada por Cristo Nuestro Señor a la dignidad de sacramento entre bautizados (CIC can. 1055, §1)" (1).
Para incoar expediente matrimonial acuda al Despacho Parroquial como mínimo seis meses antes de la fecha estimada de la boda.
(1) CEC, n.1601